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COMUNICADO DE MEDIDAS URGENTES DE LA ASESORIA AYLLON COFISA COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DEL COVID-19 Estimado cliente/a          Como consecuencia de la entrada en vigor del RD463/2020 del 14 de marzo de 2020 por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.   El citado RD hace hincapié en la necesidad de salvaguardar la seguridad de las personas, así como la continuidad de la actividad empresarial mitigando el impacto social y económico durante este periodo de especial dificultad.          Por la seguridad, siendo nuestra prioridad el bienestar de nuestro personal, nuestros clientes y sus equipos humanos, a partir de hoy 16 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso :          SEGUIREMOS PRESTANDO NUESTROS SERVICIOS DENTRO DE UN ESCENARIO DE CONTINUIDAD OPERATIVA MEDIANTE ...

NUEVA REGULACION BOLSAS DE PLÁSTICO


El pasado viernes 18 de mayo fue aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, que fue publicado en el BOE el sábado 19 de mayo.

 De acuerdo con el citado Real Decreto:  

·         A partir del 1 de julio de 2018:

a) Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.

b) En el caso de la excepción para las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras prevista en el apartado anterior, los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.

c) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio de las bolsas de plástico, los comerciantes podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I.

d) Asimismo, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores. 
·         A partir del 1 de enero de 2020:
a) Se prohíbe la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables.
b) Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50% de plástico reciclado. 
·         A partir del 1 de enero de 2021:
Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para substituir a las bolsas de plástico.  
Todas las medidas incluidas en este artículo afectarán tanto a las bolsas de plástico que se entreguen en los puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan suministrarse en la venta online, así como a las entregadas a domicilio. Se excluyen los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, si bien éstos deberán ser considerados envases si cumplen con la definición de envase y sus ejemplos establecida en la Ley 11/1997, de 24 de abril.

 Por lo que respecta a los precios orientativos en el ANEXO I del citado Real Decreto se recoge lo siguiente:
 
Precio orientativo de las bolsas de plástico en función de su espesor

- Bolsas de espesor inferior a 15 micras destinadas a usos diferentes a los enumerados en la definición de bolsas muy ligeras del artículo 3 d): 5 céntimos de euro/bolsa.

-Bolsas de espesor comprendido entre las 15 y las 49 micras: 15 céntimos de euro/bolsa.

-Bolsas de espesor igual o superior a las 50 micras: 15 céntimos de euro/bolsa.

-Bolsas de espesor igual o superior a 50 micras, con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%: 10 céntimos de euros/ bolsa.

* El importe de lo cobrado por cada bolsa se marcará en caja como un artículo más ya que no se trata de ningún impuesto.

* Se debería colocar un cartel informativo en el establecimiento que indique que las bolsas de plástico se cobran y tienen un coste de ....... €.

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REGISTRO OBLIGATORIO DE JORNADA

El pasado 8 de marzo de 2019 se aprobó el Real Decreto 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, en el que se establecen nuevas obligaciones sobre el REGISTRO OBLIGATORIO DE JORNADA , de aplicación a partir del 12 de mayo de 2019.   La empresa ha de garantizar el registro diario de la jornada, en el que hay que incluir la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada de trabajo de cada empleado.   La empresa debe conservar durante 4 años los registros de jornada efectuados, y tienen que estar a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad social.   No cumplir con esta obligación supone una infracción grave.
COMUNICADO DE MEDIDAS URGENTES DE LA ASESORIA AYLLON COFISA COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DEL COVID-19 Estimado cliente/a          Como consecuencia de la entrada en vigor del RD463/2020 del 14 de marzo de 2020 por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.   El citado RD hace hincapié en la necesidad de salvaguardar la seguridad de las personas, así como la continuidad de la actividad empresarial mitigando el impacto social y económico durante este periodo de especial dificultad.          Por la seguridad, siendo nuestra prioridad el bienestar de nuestro personal, nuestros clientes y sus equipos humanos, a partir de hoy 16 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso :          SEGUIREMOS PRESTANDO NUESTROS SERVICIOS DENTRO DE UN ESCENARIO DE CONTINUIDAD OPERATIVA MEDIANTE ...

PREGUNTAS FRECUENTES BOLSAS DE PLASTICO

DOCUMENTO DE PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL REAL DECRETO 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores. ¿Qué bolsas de plástico están afectadas por el Real Decreto? Están afectadas todas las bolsas de plástico proporcionadas a los consumidores en los puntos de venta de bienes o productos en el mercado nacional, lo que incluye la venta online y la entrega a domicilio, tengan o no asas e independientemente del espesor. No estarían incluidas las bolsas de basura, ya que no se consideran bolsas de plástico ni envase. Tampoco están incluidos los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, si bien éstos deberán ser considerados envases si cumplen con la definición de envase y sus ejemplos establecida en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases. Sería el caso de los sobres de plástico que se usan para enviar revistas, propaganda, catálogos a los hogares o los...